Por Susi Pola
Siempre fui migrante, desde muy pequeña. En 1951, mi
padre y mi madre, junto a mi hermana mayor, 8 años entonces, y yo de 5 años,
emigramos desde Asturias hasta la Patagonia Argentina. Fue época de desplazamientos
humanos, como le llaman ahora, empujados por la posguerra europea, las
calamidades y pobreza que dejó tras de sí.
Salimos de España, del puerto de Barcelona el 28 de
agosto y llegamos el 14 de septiembre de 1951 al puerto de Buenos Aires. Un
viaje imborrable determinando el fin de una época y comienzo de otra para
nuestra familia que se asentó definitivamente en la ciudad patagónica de
Comodoro Rivadavia, en el centro del Golfo San Jorge, donde transcurrió mi niñez
y adolescencia.
Recuerdo los afanes de mi padre y mi madre por la
cantidad de trámites a llenar y aún conservo fotos oficiales familiares y
formularios llenados en aquella época. Cuando salí de Argentina, a los 18 años,
para ir a Canadá a estudiar, tuve que desandar algunos pasos y recuperar mis
papeles de entrada en una oficina del puerto de Buenos Aires, donde me
devolvieron formularos legalizados en 1951. Mi padre y mi madre, ambos
fallecieron en 1996 en Argentina, siendo inmigrantes. Mi hermana es argentina nacionalizada
argentina y tenemos un hermano que nació en la Patagonia y es argentino, amos,
tienen una gran familia nacida en allí.
En estos día, a partir de la puesta en marcha del Plan
de Regularización de extranjeros y extranjeras en R. Dominicana, he revivido la
odisea de nuestra familia, comparando situaciones con las personas de origen
haitiano en este proceso. En primer lugar, nuestra familia tuvo la ventaja de
que existían protocolos y leyes reguladoras que hicieron la tarea a mi padre y
mi madre, mucho más fácil, aunque tortuosa, un gran punto a favor, porque en R.
Dominicana, hasta 2010, no hubo ninguna regla establecida para las personas de
origen haitiano que venían a nuestro país, al contrario, eran requeridas como
fuerza de trabajo, primero para cortar la caña y luego para otras labores
agrícolas y en la construcción, sin que a las autoridades les molestara.
En el caso de otras nacionalidades, si se aplicaban
con mayor o menor rigor, trámites migratorios. Yo llegué al país casada con un
dominicano, en 1970, y me nacionalicé dominicana en 1981, hasta entonces, debí
presentarme anualmente en Migración y pagar los impuestos que se requerían para
estar legal, a cambio de lo cual, mantenía una cédula de identidad para esos
fines.
Esta ausencia de reglas migratorias para personas nacionales
haitianos, permitió que grandes grupos de esa nacionalidad se asentara en el
país en el tiempo, sin tener documentos ni de su país, Haití y mucho menos de
la R. Dominicana, lo que no fue un obstáculo para que se desarrollaran aquí. La
frontera domínico haitiana, era un paso relajado y fácil de traspasar, y la
corrupción domínico haitiana, hacía el resto!
A raíz del terremoto de 2010 en Haití, el flujo de
nacionales de ese país hacia el nuestro, ha sido más grande y constante, algo
razonable si tenemos en cuenta que somos una isla con dos países de diferentes cultura
y niveles de pobreza, porque ambos somos países pobres, amarrados en una
espacio que flota en el mar.
Para 2013, se aprobó un Plan Nacional de
Regularización de personas extrajeras en situación migratoria irregular, ordenado
por la controversial sentencia del Tribunal Constitucional TC/0168/13, dictada
en fecha 23 de septiembre de 2013.
La decisión de regularizar la migración, es una acción
necesaria que debió haberse hecho hace muchísimos años, los países limítrofes
deben tener reglas para la migración de sus nacionales entre sí, y también con
los que están más lejanos. Sin embargo, el gran error que desató una cadena de
injusticias, es el haber retrotraído los efectos de la ley, a 1929, con lo que
se desnacionalizó a un número considerable de dominicanos y dominicanas de
origen haitiano, personas que nacieron en suelo dominicano, incluso, y no
conocen otra realidad que la vivida en este suelo.
R. Dominicana abrió el Plan de Regularización de extranjeros
y extranjeras, empezando de manera controversial, sin tener en cuenta como
punto de partida la Constitución de 2010, a partir de la cual solo son dominicanas y dominicanos: 1) Los hijos e hijas de
madre o padre dominicanos; 2) Quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes
de la entrada en vigencia de esta Constitución; 3) Las personas nacidas en
territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros
de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en
tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano. Las autoridades
aplicaron la ley retroactivamente, yéndose al año 2029.
Puedo de imaginar si tal situación se aplicara en la
R. Argentina, por ir al ejemplo de mi propia familia, y a mi hermana y a mi
hermano los desnacionalizaran porque, con mis padres, llegamos después de 1929.
Un disparate que impactaría a toda la familia que nació, en suelo argentino,
después de nuestra llegada en 1951 y dejara como apátridas a unos cuantos de
ellos y ellas.
Esa es la tragedia humanitaria que estamos
presenciando con dolor, dominicanos y dominicanas hoy, historias muy tristes de
migrantes haitianos y también, nacidos aquí, otros, llegados al país cuando
eran pequeños, gente que no conoce ni siquiera a Haití, porque han vivido
siempre aquí! El desarraigo es doloroso, aunque sea voluntario!

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